Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA en contra del imputado JOSE DE LA CRUZ CARVAJALINO HERRERA, Colombiano, natural de Departamento de Bolívar, Villanueva, Colombia, nacido en fecha 25-03-1963, de 46 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-9.202.085, hijo de Ceremonia Herrera (f) y de José de la Cruz Carvajalino Rodríguez (v), residenciado en Finca Los Caobos, Capazon Abajo, Sector el Hoyo teléfono 0426-8033100por la presunta comisión del delito de UTILIZACIÓN DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio de la Fe Pública, por cumplirse los requisitos establecidos en los artículos 44 de la Constitución de la República Bolivariana de V.....