Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor del penado OMAR ALONSO MORENO, quien es venezolano, nacido el 31-01-68, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 11.218.954, natural de Santa Bárbara, Estado Zulia, residenciado en Caño Seco II, calle 4 casa N° 32, entrando por Empeños Duque, teléfono 8818277 (0275), El Vigía, Estado Mérida, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, la formula alternativa de cumplimiento de pena como es la LIBERTAD CONDICIONAL de conformidad con lo establecido en los Artículos 478, 479, 482, 501, 505, del Código Orgá.....