En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos EDGARDO JOSÉ HERNÁNDEZ CASTRO Y MARIBEL COROMOTO RONDÓN MORENO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad N° V- 15.695.665 y V- 16.934.356, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida, asistidos por la ABG. VANESSA DEL PILAR MONSALVE HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 14.917.631, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 190.556, domiciliada en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil. En consecuencia se declara disuelto.....