este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA, por la ciudadana YRALBA GUTIERREZ SERRANO, titular de la cédula de identidad N° V-11.438.297, en contra de la Firma Personal RESTAURANT DON QUIJOTE DE LA MANCHA, de Fredy Alberto Méndez Uzcátegui, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo el N° 131, Tomo B-11, en fecha 15/08/2005, en la persona del ciudadano FREDY ALBERTO MÉNDEZ UZCÁTEGUI, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-3.764.660, en su condición de Único y Exclusivo Propietario de la referida Firma Personal, cuya pretensión se circunscribe al Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.