declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos: ZORAIDA JOSEFINA MORENO RAMIREZ y JOSE GREGORIO VARELA VARELA, plenamente identificados en autos, mediante el cual manifiestan al Tribunal que el día Veintinueve (29) de noviembre del año dos mil dos, contrajeron matrimonio civil, por ante la Prefectura Civil de la Parroquia de la Parroquia Chiguara, Municipio Sucre del Estado Mérida, según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 17