OTORGA: EL BENEFICIO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, a favor del penado FREDDY DE JESUS SOLARTE AVILA, venezolano, natural de Caja Seca, Estado Zulia, nacido en fecha 20-11-75, soltero, chofer, hijo de Isaac Solarte y de Cándida Ávila, titular de la cédula de cédula de identidad N° V. 12.548.080, residenciado en el Sector Sinecapri, al lado de AGASUR, Casa Nº 0-28, diagonal a la Perfumería Las Tres Potencias, Caja Seca, Municipio Sucre, Estado Zulia, por ser el autor, culpable y responsable de la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de los ciudadanos JESUS ARTURO SANCHEZ SANCHEZ y REINALDO MORA SOTO, todo conforme al artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 37 y 74 ordinal 4°, del Código Penal, a CUATRO (04) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, má.....