PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ADRIANA DEL CARMEN BRICEÑO BRICEÑO, en contra de la Sociedad Mercantil AUTO MERCADO SAN DIEGO, C.A.. (Ambas partes plenamente identificadas en actas procesales).
SEGUNDO: Se ordena a Sociedad Mercantil AUTO MERCADO SAN DIEGO, C.A., que cumpla de manera inmediata con la Providencia Administrativa Nº 00038-2012, de fecha 28 de febrero de 2012, contenida en el expediente administrativo Nº 046-2011-01-00444, proferida por el Inspector del Trabajo del Estado Mérida, que ordenó el reenganche y pago de salarios caídos de la ciudadana ADRIANA DEL CARMEN BRICEÑO BRICEÑO.
TERCERO: Se condena en costas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.