JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Cinco de Febrero de Dos Mil Diez.
199º y 150º
Por recibido el anterior libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, Visto el libelo de la demanda presentada por el ciudadano GERARDO ALFONSO MORENO VETENCOURT, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nro. 8.012.565, de este domicilio y hábil, actuando en nombre y representación de la ciudadana MARIA AUXILIADORA MORENO DE DINI, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad Nº 5.206.620, de este domicilio y hábil, asistido por los abogados NESTOR ALIRIO VENEGAS y MARIO DIAZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 8.006.806 y 15.517.806, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 97.021 y 109.857 .....