En relación a la medida de seguridad, se observa que en la parte dispositiva de la sentencia, se designó como lugar para el cumplimiento de la misma, el departamento de psiquiatría del IHAULA, sitio en el cual deberá recibir durante quince (15) años, tratamiento psiquiátrico, ello de conformidad con los artículos 419 y 420 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese al Ministerio Público y a la Defensa del contenido de este auto de ejecución de medida de seguridad. Asimismo, remítase copias certificadas al Departamento de Vigilancia de Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio del Interior y Justicia. Envíese oficio al departamento de psiquiatría del IHAULA, para informarle el contenido de este auto e instar al jefe de dicho departamento, a enviar a este tribunal, cada tres meses informe sobre el estado de salud de la prenombrada ciudadana. Líbrese boleta de citación al ciudadano Armando Sánchez, en su condición de hijo de Mayela Avendaño Vielma, para imponerlo de la ejecución.....