La acción de amparo constitucional autónoma intentada por la ciudadana Saralina Rodríguez Dávila, asistida por sus hoy dos apoderados, abogados Thaís Coromoto Briceño Hernández y Rafael Humberto Miliani Rojas, contra la sentencia dictada en fecha 14 de diciembre del 2021 por el Juzgado Tercero de los Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de esta misma Circunscripción Judicial, a pesar que el escrito contentivo de las razones de hecho y de derecho en que se apoya cumple con los requisitos contenidos en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, observa este juzgador que la accionante persigue no sólo la nulidad del fallo proferido por el Juzgado Tercero de los Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de esta misma Circunscripción Judicial, en el juicio de desalojo contenido en el expediente No. 8.335, de la nomenclatura de dicho tribunal, si.....