Es este el motivo por el cual este TRIBUNAL DE PRIMERIA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 259 y 263 del Código Orgánico Procesal Penal, EXIME a los imputado ELISEO CARDOZO TORRES, venezolano, de 87 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.280.663, natural de Torondoy, nacido en fecha 14/06/1923, soltero, hijo de Leonidas Cardozo (f) y Mercedes Torres (f), domiciliado en Santa Elena de San Pedro, después de la escuela a seis cuadras, casa de color azul, en la entrada vive José Abel (hijo), Municipio Tulio Febres Cordero Estado Mérida), del Estado Mérida, por la presunta comisión de los delitos ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 45 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Viol.....