EJECÚTESE DE SENTENCIA del penado JORGE EDUARDO MÁRQUEZ PÉREZ, sentenciado a cumplir la pena de 2 AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, establecidas en el art. 16 del Código Penal, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO CON FINES DE DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el tercer apte. del art. 31 de la derogada Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. Cómputo conforme a los arts. 479, 482 y 484 del COPP: falta por cumplir la pena de 1 AÑO, 11 MESES Y 27 DÍAS DE PRISIÓN. Exoneración pena accesoria del art. 16.2 del C.P. Incautación y adjudicación a la ONA Mérida, de la cantidad de 25,oo Bs.F. Imposición: 22-10-2010, a las 10:30 a.m. Notificar y oficiar. Se deja costancia que por fallas eléctricas el día de su publicación (5-10-10) no pudo ser diarizada la Resolucuión en el Sistema, enmnedándose así el error.