En mérito de lo anterior, éste Juzgado de Ejecución No 03 del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda Orden de Aprehensión en contra del ciudadano Luís Alejandro Escontrela Robledo, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad No 14.481.661.
Así se decide, cúmplase, notifíquese a las partes y ofíciese a los diferentes órganos de seguridad del Estado.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN N° 3
ABG. NELSON JOSÉ TORREALBA ÁNGEL.
LA SECRETARIA
En fecha ___________, se notificó con los Nros. ______________, y ofició bajo los Nros. _______________________.-