Por las razones expuestas y con fundamento en las disposiciones legales citadas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA SUPLETORIA DE NACIMIENTO, de la ciudadana: MARÍA ANGELICA OSUNA DE RODRIGUEZ, ya identificada, y consecuentemente por la presente sentencia se establece que la referida ciudadana nació en la Población de Santa Cruz de Mora, Municipio Antonio Pinto Salinas del Estado Mérida, el día: nueve (09) de mayo de mil novecientos treinta y siete (1937).