PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada Dubrawska Coromoto Pellegrini Paredes, en su condición de Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 13 de enero de 2012, en el Recurso de Nulidad seguido por la recurrente Sociedad Mercantil Carrocería Chama C.A., contra la recurrida Inspectoría del Trabajo del Estado Mérida.
SEGUNDO: Particípese de la presente decisión a la Juez inhibida mediante oficio y remítase copia certificada de la presente decisión.
TERCERO: Se ordena al Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, continuar conociendo del Recurso de Nulidad, en acatamiento a las disposiciones establecidas en el artículo 47 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; en consecuencia, remítase inmediatamente el presente cuaderno separado a ese Juzgado para agregarse a las actas principales, en virtud de no exi.....