Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÈRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CONCLUIDA LA PARTICIÓN DE BIENES incoado por la abogada GLENDYS KISQUELLA PARRA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 97.867, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JUAN ERNESTO VIZCARRONDO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.954.451, domiciliado en la ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida, civilmente hábil, contra la ciudadana ENDIRA JOSMINA MORA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.966.598, de conformidad con el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se declara firme la partición presentada por el Abg. JOSÉ GREGORIO MOLINA MOLINA, consignado en fecha 29 de septiembre del 2022, y visto que la parte actora intento unos repa.....