Declarar Bastantes las Probanzas evacuadas para acreditar que la ciudadana NAYESKA PAOLA ALARCON SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-21.181.008, forma parte de la carga familiar y depende económicamente de la ciudadana DORA GRISELDA SANCHEZ ALARCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.499.516. Se dejan a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.