Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y siendo positiva la mediación procede a la Homologación del acuerdo de las partes, se le imparta el carácter de cosa juzgada, se da por terminado el proceso y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento total de la obligación., por cuanto no se ha vulnerados derechos irrenunciables del trabajador y normas de orden público.COPIESE Y PUBLIQUESE LA PRESENTE DECISION. AÑOS. 199º DE LA INDEPENDENCIA Y