´En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada en fecha 30 de abril de 2024, que obra agregada al folio 986 y su vuelto, por la prenombrada Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, abogada LII ELENA RUIZ TORRES, para seguir conociendo de la causa a que se contrae el presente expediente. ´