Por consecuencia de lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley de Expropiación por Causa de Utilidad Público o Social, ORDENA la publicación de un EDICTO en el que se emplace a los que según los datos suministrados por la Oficina de Registro del Municipio Libertador del Estado Mérida figuran como propietarios del bien inmueble que se pretende expropiar, a saber los ciudadanos: FELIPE GUTIERREZ MARQUEZ, MARIA NOVELINA GUTIERREZ MARQUEZ, FIDEL GUTIERREZ MARQUEZ, GREGORIO GUTIERREZ MARQUEZ, LEOPOLDO GUTIERREZ MARQUEZ, ALBINO GUTIERREZ MARQUEZ, JOSÉ DAVID GUTIERREZ MARQUEZ, JOSÉ RICARDO GUTIERREZ MARQUEZ, LUIS ALBERTO GUTIERREZ MARQUEZ, DANIEL GUTIERREZ MARQUEZ Y JOSEFA GUTIERREZ MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. 8.003.533, 8.007.666, 8.021.024, 9.475.447, 9.478.098, 9.478.140, 9.478.123, 11.462.757, 11.462.747, 8.007.710 y 8.038.888 respectivamente, de estado civil soltero los nueve primeros, de estado civil d.....