El Tribunal dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva declarando: PRIMERO: Consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente causa, seguido por la ciudadana MARIA DOMITILA MARQUEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-10.244.482, domiciliada en el predio denominado "MI RECUERDO", sector Alto Viento-Guayabones, asentamiento Campesino Zona Sur, Carretera Panamericana, Parroquia Héctor Amable Mora, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida o a su Defensor Público Auxiliar Primero Agrario abogado FRANCISCO GÓMEZ MORILLO, titular de la cédula de identidad N° V.-9.158.503, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 66.724, con domicilio procesal en la oficina de la Defensa Pública, ubicada en la Av. 15, calle 1 del Barrio Bolívar, al lado de la panadería Aeropuerto, El Vigía, estado Bolivariano de Mérida, por ACCIÓN DERIVADA DEL DERECHO DE PERMANENCIA CON MEDIDA DE PROT.....