En este estado este Tribunal visto el pedimento hecho por la parte demandante acuerda: 1.) Abstenerse de practicar la medida para lo cual ha sido comisionado. 2.) Remitir la misma al Tribunal de la causa a fin que lleven a cabo el convenimiento verbal. El Tribunal deja expresa constancia que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales y que por esta actuación no se cobro tasa, arancel o emolumento alguno dada la gratitud de la justicia, no habiendo más actuación este Tribunal acuerda el regreso a su sede siendo las Once y cinco de la mañana. Termino, se leyó y conformes firman.
Las partes acordaron un convenimiento.