En atención y consideración a las razones ya expuestas es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES Y BASTANTES las presentes actuaciones para declararlas de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO del derecho que les asiste a las ciudadanas, CIRILA ANTONIA MORENO DE RIVAS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V- 4.154.657, SANDRA YELITZA RIVAS MORENO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-9.396.661, TANIA EDILZA RIVAS MORENO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-9.396.650, THALIA ALEXSANDRA RIVAS MORENO, venezolana, mayor de edad, soltera, titul.....