PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitada por el abogado JOSÉ FRANCISCO GARCIA RAMIREZ, apoderado judicial de la parte actora, sobre un inmueble que se describe a continuación: consistente en una casa para habitación con su correspondiente área de terreno y solar, ubicada en la avenida 7 (Maldonado), Nº 18-91, jurisdicción de la parroquia urbana El Sagrario del municipio Autónomo Libertador del estado Bolivariano de Mérida y comprendido dentro de los siguientes linderos: FRENTE: Avenida 7 (Maldonado); FONDO: Con casa que es o fue de los Grespan; POR UN COSTADO: La calle 19 (Cerrada); POR EL OTRO COSTADO: con propiedad que es o fue de Francisco Calderón. Dicho inmueble pertenece actualmente a la Sociedad Mercantil "MUCUBAJI TOURS COMPAÑÍA ANONIMA", inscrita por ante El Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Venezuela, anotado bajo el Nº 4, tomo A-15, con fecha 24/SEPTIEMBRE/2003, tal y como consta el .....