PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DICTA SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA en los términos siguientes:
PRIMERO: DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, seguido por la ciudadana MARÍA EDITH HERNÁNDEZ, debidamente asistida por la abogada en ejercicio LILIMAR HERMELINDA ZERPA DÁVILA, en contra de los ciudadanos OMAR EL BAROUKI CAYOS, FOUAD EL BAROUKI y NATALIA COROMOTO EL BAROUKI MORENO, todos ut supra identificados, de conformidad con el numeral 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Notifíquese a la parte actora de la presente decisión en su domicilio procesal, todo conforme a lo establecido en el artículo 251 del Código de.....