PRIMERO Riela al folio 35 de la causa, experticia identificada con la nomenclatura 9700-067-EV-235-09, realizada por el Experto Profesional, en la que se deja constancia del estado original, en la que se encuentra el vehículo antes descrito, por otro lado dejan constancia de no estar solicitado por ningún organismo o ente por estar incurso en algún delito relacionado con la materia Automotor, es por lo que éste tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , observa, que no es relevante mantener retenida la mencionada moto, por no resultar de interés para la investigación de los hechos que hoy nos ocupan, además luego de habérsele practicado las correspondientes experticias, y observando las resultas, éste tribunal ordena la entrega de forma plena del vehículo, tipo moto MARCA XINDOGLI, MODELO NEW JAGUAR ,AÑO 2008, TIPO, MOTOCICLETA, CLASE MOTO, USO PARTICULAR, COLOR GRIS, CAPACIDAD 2 PUESTOS, PLACAS AB5D4OD, SERIAL D.....