OTORGA, a la penada PAREDES GUERRA JOSE DEL CARMEN, titular de la cédula de identidad Nº 11.911.175, la salida transitoria durante los días 09-04-2009 desde las cuatro de la tarde (04:00 p.m.) hasta el 12-04-2009, a las nueve de la mañana (09:00a.m) retornando al Centro de Pernocta "José Maria Olaso". La salida transitoria otorgada se hará efectiva, siempre que el penado PAREDES GUERRA JOSE DEL CARMEN, previamente haya firmado un acta Interna, donde se comprometa a cumplir con el permiso otorgado y las condiciones impuestas por éste Despacho, las cuales con las siguientes:
1. Continuar con el cabal cumplimiento de las indicaciones del Tribunal y su Delegada de Prueba.
2. No salir de la Jurisdicción del Tribunal.
3. Prohibición de consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes y psicotrópicas.
4. Debe permanecer en su lugar de residencia y pernoctar en la misma, la cual esta ubicada en la siguiente dirección: en el kilómetro 49, vía Santa Bárbara, diagonal al negocio M.....