DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida JOSE FRANCISCO PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-11.952.649, Venezolano, fecha de nacimiento 08-03-1970, edad 46 años, soltero, domiciliado en La Vega de Aracay, casa Nº 10, Parroquia Las Piedras del Municipio Cardenal Quintero del estado Mérida, teléfono 0416-9792731; por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previsto y sancionado en el artículo 42 encabezamiento y segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de.....