DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este tribunal de primera instancia en funciones de ejecución No. 01, sección adolescentes, de conformidad con el artículo 647 letra “f” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, NIEGA el pedimento de la defensa de otorgar el beneficio de trabajar fuera del lugar de internamiento, a favor del adolescente identidad omitida. Las partes quedaron notificadas en la misma audiencia, tal como consta en el acta respectiva. Regístrese, Diarícese y cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN Nº 01
MIRNA EGLE MARQUINA
LA SECRETARIA,
MARIELA PATRICIA BRITO RANGEL.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SRIA.