De lo antes expuesto se evidencia que la parte actora apelante del presente juicio desiste de la apelación y el Tribunal del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Transito de esta Circunscripción Judicial la homologo tal como lo señalamos anteriormente.
Como consecuencia de dicha transacción. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Constitución y sus Leyes, este Juzgado de Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y transito declara:
UNICO: Con lugar el desistimiento de la apelación contenida en la sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada de fecha 28 de marzo de 2008, proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial del Estado Mérida, que obra a los folios 189 al 202, interpuesta por el abogado Gastón Antonio Lara Morel, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.293 en su carácter de apoderado del ciudada.....