"...este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 639 del Código Civil, declara CON LUGAR la solicitud de CONSTITUCION DE HOGAR, realizada por los ciudadanos MIRIAM BECERRA DE VELAZCO y FRANCISCO EVELIO NIÑO JAIMES, venezolanos, mayores de edad, viuda la primera, titulares de las cédulas de identidad números V-3.961.082 y V-1.576.046, domiciliados en Mérida, Estado Mérida y civilmente hábiles, y en consecuencia, declara legalmente constituido el hogar sobre el inmueble consistente en un apartamento distinguido con el Nº 2-3-6, del Edificio 2-3 de la segunda etapa denominada "Neblina Club" II Etapa del Conjunto Residencial Campo Neblina, situado en la Avenida Alberto Carnevali, vía la Hechicera, en Jurisdicción de la parroquia Antonio Espinetti Dini del municipio Libertador de estad.....