"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del -nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO solicitada, en consecuencia, se ordena al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia El Llano, municipio Libertador del estado Mérida, y al Registrador Principal del estado Mérida, la corrección del acta de nacimiento del ciudadano RAMON ALFONSO MORALES, ya identificado, inserta por ante la mencionada dirección de Registro Civil de la Parroquia El Llano, municipio Libertador del estado Mérida, donde se identifica en dicha acta el nombre de la madre del solicitante como " MARIA DELCARMEN MORALES DE CALDERON" , siendo lo correcto: " MARIA DEL CARMEN MORALES" y por ante el Registro Principal del Estado Mérida, identificada con el número Nº 472 del año 1947, donde se identifica en dicha acta el nombre de la madre del solici.....