Se declaró SIN LUGAR el recurso de regulación de competencia interpuesta por la parte actora. Se declaró COMPETENTE al JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO MÉRIDA, al que por distribución le corresponda para seguir conociendo, en segundo grado, de la apelación interpuesta. Se CONFIRMÓ en todas y cada una de sus partes la sentencia interlocutoria impugnada. Quedó en estos términos REGULADA la competencia por razón de la materia.