Se declaró la NULIDAD de la sentencia del 15 de junio de 2012 proferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida. La REPOSICIÓN de la causa al estado de que un Tribunal distinto al prenombrado Juzgado que le corresponda por distribución. CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 26 de octubre del presente año. Se revocó la decisión proferida el 23 de octubre de 2012 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta el 17 de septiembre de 2012, contra la sentencia dictada el 15 de junio de 2012, por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida