FIJACION DE LOS HECHOS Y LIMITES DE LA CONTROVERSIA
La fijación de los hechos no es otra cosa que la determinación de los controvertidos de los controvertidos o aquellos sobre los cuales ha de recaer la prueba de una u otra parte según sus pretensiones y defensas de fondo. Para ello se deberá tomar en cuenta los presupuestos materiales de la acción deducida y de las excepciones perentorias aducidas por el demandado en su contestación, excluyendo los hechos no contradichos en la Litis contestación.
Expuesto lo anterior, se aprecia que las partes en la presente controversia , rechazan los hechos recíprocamente y en forma genérica, por lo que resulta forzoso para esta juzgadora determinar que los hechos controvertidos resultan de la exposición de las partes en su libelo y contestación, de cuyo análisis se evidencia:
Que las partes aceptan que tienen una relación arrendaticia sobre un local comercial ubicado en la carrera cuarta entre calles 8 y 9, identificado con el N° 8-13 de la.....