DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud formulada por el abogado José Reyes Zambrano Duque, defensor público décimo segundo y como tal del ciudadano José Darío García Ramírez, y en consecuencia, se acuerda la sustitución de la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad de caución personal (fiadores) impuesta por este juzgado de Juicio en fecha 21-11-2023, por la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, consistente en la obligación de presentarse periódicamente ante el Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, oficina del Cuerpo de Alguacilazgo, cada quince (15) días y no incurrir en nuevos delitos, todo de conformidad con lo dispuesto.....