Definitivamente firme como quedó la sentencia dictada en fecha 17-12-2.009, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nro. 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, cursante del folio 286 al 306 de las actuaciones, mediante la cual condenó a los ciudadanos CIRO GAVIDIA MÉNDEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 6.298.106, divorciado, Técnico en Electrónica, nacido en Caracas el 27-05-1977, hijo de Pablo Gavidia Sulbarán y Justina Méndez de Gavidia, domiciliado en la avenida principal de Santa Catalina del Chama, casa N° 26 y RAFAEL EDUARDO MÉNDEZ PUENTES, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 10.712.834, soltero, de 39 años de edad, natural de La Azulita Estado Mérida, nacido el 28-05-1970. Hijo de María Puentes Zerpa y Alberto Méndez Guillén, domiciliado en la avenida 4, calle 36, edificio Sauce, apto 12, piso 4.
A cumplir la pena de cuatro (04) años de prisión para Rafael Eduardo Méndez Puentes, co.....