En consecuencia, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 51 y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 48 del Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, acuerda:
1.- La entrega en calidad de depósito del vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO MALIBU, AÑO 1983, COLOR VERDE, TIPO SEDAN, USO TRANSPORTE PUBLICO, SERIAL DE CARROCERA D1W69ADV107949, SERIAL DE MOTOR ADV107949; PLACAS FT948T, al ciudadano JONNY JAVIER CARRILLO ZAMBRANO, para lo cual se acuerda librar oficio al Estacionamiento Díaz Uzcategui, una vez que el solicitante suscriba el cata compromiso respectiva.
2.- Se acuerda expedir copia certificada de la presente decisión al ciudadano JONNY JAVIER CARRILLO ZAMBRANO, la cua.....