Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y sus Leyes declara:
UNICO: De conformidad con el ordinal 3 del artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, acuerda la notificación del accionante, ciudadano SIMON ALBERTO HERNANDEZ MORAN, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V-5,050.068, y hábil, a fin que dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la misma, una vez conste en autos su notificación, en el sentido de establecer con claridad la identificación de la persona o todas las personas presuntamente agraviantes no pudiendo referirse a ellas solo en calidad de administradores del Condominio del Centro Comercial Ciudad Alto Chama, deben estar ple.....