DECISIÓN
TRIBUNAL DE CONTROL NRO. 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hizo los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se acuerda Con Lugar el auxilio judicial solicitado por el abogado víctima JUAN EFRAIN CHACON VOLCANES, identificado en autos, de conformidad con lo previsto en el artículo 402 del Código Orgánico Procesal Penal, para que se realice investigación preliminar a los investigados EUDORO ANTONIO CASTILLO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, soltero titular de la cédula de identidad N° 17.895.962, fecha de nacimiento 08-11-85, TELEFONO CELULAR 0426-7791617 y JOSÉ ANTONIO CASTILLO CASTILLO, TELEFONO CELULAR 0426-9707303, no se sustraen más datos de la solicitud y recaudos acompañados, por los hechos que revisten instancia de parte agraviada de acción privada, mediante querella por un Tribunal de Juicio, como lo son los delitos de INJURIA CALIFI.....