Por recibida la presente solicitud y sus recaudos anexos, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Visto el anterior CONVENIMIENTO DE HOMOLOGACIÓN DE FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN Y BONOS, presentado por la Abg. EDDYLEIBA BALZA PÉREZ Fiscal Especial Novena del Ministerio Público para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y la Familia (Civil, Instituciones Familiares y Protección) de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a solicitud de los ciudadanos LUIS ORLANDO PARAMO GUTIERREZ y MELANIE ELENA DEL CARMEN GUILLEN LIZCANO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-16.654.902 y V-21.183.951, a favor de su hija la ciudadana niña SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA de 04 años de edad. En consecuencia, este tribunal estando dentro de la oportunidad para dictar sentencia, la admite en cuanto ha lugar en derecho, por no ser el mismo contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley.....