DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Inadmisible la demanda interpuesta por la ciudadana JUDITH MARGARITA NAVA COLMENARES,asistida por la abogada en ejercicio YRAIBA YUDITH HERNANDEZ DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 12.353.174, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 118.517, en contra de los ciudadanos NINOSKA YURUBY BETHANCOURT NAVA, LENIN DARÍO BETANCOURT NAVA, IVAN DARÍO BETANCOURT NAVA y STALIN JOSÉ BETANCOURT NAVA,anteriormente identificados, por la existencia de inepta acumulación de pretensiones, establecida en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay especial pronunciam.....