DECLARA REDIMIDO el lapso de de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES, NUEVE (09) DIAS Y DOCE (12) HORAS, de la pena total que cumple el penado: DANIEL ENRIQUE ANGARITA PARRA, titular de la cédula de identidad N°- 12.452.606 identificado suficientemente en autos, actualmente gozando del Beneficio de Régimen Abierto.------------
QUINTO
Efectuado como ha sido el cómputo por redención de la pena se observa que el penado DANIEL ENRIQUE ANGARITA PARRA, ha cumplido un tiempo de su condena, el cual ha estado detenido en dos oportunidades, la Primera desde la fecha 20-03-2002 al 07-06-2004, por un lapso de DOS (02) AÑOS, DOS (02) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS y la Segunda de fecha 17-04-06 a 08- 09- 10, por un lapso de CUATRO (04) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y VEINTIUN (21) DIAS, por lo cual ha cumplido detenido un lapso de SEIS (06) AÑOS, SIETE (07) MESES Y NUEVE (09) DÌAS, sin redención, que sumado a una redención, de fecha 08-09-2010, por un tiempo de UN (01) AÑOS, SEIS (06) MESES, NU.....