PRIMERO: SIN LUGAR las Cuestión Previa prevista del ordinal 4° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a "la ilegitimidad de la persona citada como representante del demandado, por no tener el carácter que se le atribuye", opuesta por los abogados EGBERTO ABDON SANCHEZ NOGUERA y EMILIO BUELA SALAZAR, en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil SOCIEDAD ANINIMA DE INVERSIONES TURISTICAS (SADITUR), parte demandada en la presente causa, debidamente identificados en esta decisión.
SEGUNDO: En virtud de la declaratoria sin lugar de la cuestión previa opuesta, se ordena a la parte demandada de autos, Sociedad Mercantil SOCIEDAD ANONIMA DE INVERSIONES TURISTICAS (SADITUR), a través de su Directores: ciudadanos IDANIA MANFREDI GUERRERO, CARMEN JULIA MANFREDI SILVA y GABRIEL MANFREDI LOPEZ, todos debidamente identificados, proceda a dar contestación a la demanda, dentro de los cinco días de despacho siguientes a que conste en autos la última notific.....