este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, hecha por el ciudadano YORGLIN JOSÉ FERRER BAEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.765.162, domiciliado en El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y hábil.Como consecuencia de la anterior declaratoria, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos YORGLIN JOSÉ FERRER BAEZ Y JOHANA MALBETH CONDE DE FERRER, venezolana, titular de la cedula de identidad N V- 19.901.919, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Héctor Amabl.....