DECISIÓN
Hechas las consideraciones que anteceden, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus Leyes, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, propuesta por los ciudadanos ANA MARIA SIERVO GONZÁLEZ y EDGAR MARCELINO CORREDOR MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-12.255.953 y V- 10.902.892 respectivamente, comerciantes y domiciliados en esta ciudad de Mérida, Estado Mérida, a través de sus apoderados judiciales abogados LEONARDO JOSÉ TERÁN SULBARAN y NOEL RODRÍGUEZ YANEZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V- 11.955.098 y V- 3.697.210 respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, debidamente inscritos .....