ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano GERARDO RAMON AMADO NAVA ARAQUE, venezolano, de 26 años de edad, soltero, obrero, natural de la Azulita Estado Mérida, titular de la cedula 21.306.500, fecha de nacimiento 03-10-1982, hijo de Luís Arévalo Nava Aponte y de Celestina Araque de Nava, domiciliado en la Azulita, Caño Guayabo Parte Alta, Finca del Dr Andrés Aponte, Municipio Andrés Bello La Azulita Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de ACTO LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el primer aparte del articulo 376 en concordancia con el numeral primero del articulo 374 ambos del Código Penal, en perjuicio del niño JHOAN SEBASTIAN PICON. De Conformidad con el artículo 44 de la Constitución de la Republica B.....