este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que me otorga la Ley, declaro: EXCLUIR AL ABOGADO NESTOR EDGAR TINEO, Inpreabogado bajo el Nº 43.361, en su carácter de coapoderado judicial de la parte actora en la presente causa, y que cursa por esta Alzada en virtud de la apelación en fecha 10 de octubre de 2023, por el abogado CARLOS JOSÉ CASTILLO, en su carácter de apoderado judicial de la parte co-demandada, ciudadano ANTONIO JOSÉ COLLES ZERPA¸ contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida de fecha 03 de octubre de 2023; en consecuencia, se ordena la notificación del abogado ALFONSO ISAAC LEON AVENDAÑO, ya identificado, de la exclusión realizada; y una vez que conste en autos su notificación se le concede un plazo de tres (03) días de despacho -contados a partir de su notificación, para ejercer algún .....