Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 28 de julio de 2014, por la coapoderada judicial la parte actora, abogada ARACELI REDONDO, contra la decisión dictada el 30 de junio de 2014, por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Se declaró INADMISIBLE, la demanda propuesta en fecha 24 de enero de 2013, por el ciudadano NICOLÁS BELLORÍN PATIÑO, asistido por la abogada ARACELI REDONDO, por nulidad absoluta de contrato de promesa bilateral de compraventa, interpuesta contra la ciudadana NATHALIE MARGARITA OBREGÓN PÁJARO.