Decisión
El Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide 1.- Redime judicialmente la pena en un (01) año, un (01) mes, dos (02) días y doce (12) horas de prisión, respecto a los ciudadanos DAVID ANTONIO AGUILAR VARONA (F. 577) y MEDINA GUERRERO ERASMO ANTONIO (ya identificados); 2.- Declara que hasta la presente fecha (09-01-2009) inclusive, los penados DAVID ANTONIO AGUILAR VARONA (F. 577) y MEDINA GUERRERO ERASMO ANTONIO (ya identificados) tienen una pena cumplida igual a tres (03) años, cuatro (04) meses, trece (13) días y doce (12) horas de prisión; restándoles por cumplir cuatro (04) años, siete (07) meses, dieciséis (16) días y doce (12) horas de prisión; que se cumplen físicamente y en forma definitiva el día 26 de agosto de 2013, a las doce (12:00) meridiano; 3.- Declara con lugar la medida de DESTACAMENTO DE TRABAJO como Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pe.....